Con 23 votos a favor y dos en contra, el Legislativo estableció una sola sindicatura en los 84 municipios; la nueva integración de los cabildos se aplicará en el proceso electoral 2026-2027.
El Congreso del Estado de Hidalgo aprobó, con 23 votos a favor, dos en contra de la fracción priista y cero abstenciones, la reforma al Código Electoral de la entidad, mediante la cual se armoniza la legislación local con el marco constitucional vigente y se actualizan diversas disposiciones que serán aplicables al proceso electoral 2026-2027.
La modificación reducirá el número de integrantes de los ayuntamientos y eliminará la sindicatura de primera minoría. La nueva conformación de los cabildos se determinará de acuerdo con la población oficialmente reconocida de cada municipio.
Los municipios con menos de 20 mil habitantes tendrán una sindicatura, cuatro regidurías de mayoría relativa y tres de representación proporcional.
En los municipios con una población de 20 mil y hasta 50 mil habitantes habrá una sindicatura, cinco regidurías de mayoría relativa y cuatro de representación proporcional.

Aquellos con más de 50 mil habitantes contarán con una sindicatura, ocho regidurías de mayoría relativa y siete de representación proporcional.
La reforma establece que todos los ayuntamientos tendrán una sola sindicatura de mayoría relativa. Los cambios no afectarán la integración, duración ni ejercicio de los gobiernos municipales electos para el periodo constitucional 2024-2027.
Las nuevas disposiciones serán aplicables durante el proceso electoral local 2026-2027 y definirán la composición de los ayuntamientos que iniciarán funciones el 5 de septiembre de 2027.
En materia de paridad de género, la reforma mantiene su observancia en la integración de los órganos de representación y dispone expresamente que la asignación de las regidurías de representación proporcional deberá respetar ese principio.
Para su instrumentación, el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH) deberá emitir los lineamientos, criterios o reglas para la asignación de diputaciones locales y regidurías de representación proporcional, atendiendo la paridad de género y las disposiciones del Código Electoral, a más tardar el 28 de febrero del año en que se celebre la elección ordinaria correspondiente.
La reforma también actualiza el procedimiento para distribuir las regidurías de representación proporcional e incorpora expresamente la participación de candidaturas independientes.
Para intervenir en la asignación, los partidos políticos, candidaturas comunes, coaliciones o candidaturas independientes deberán obtener al menos 3 por ciento de la votación total. Las regidurías se distribuirán conforme al porcentaje de votos y al orden de las planillas registradas, con respeto a la paridad de género.
La asignación será realizada por el Consejo General del IEEH una vez que el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo resuelva las impugnaciones relacionadas con los cómputos municipales, las declaraciones de validez y la entrega de constancias de mayoría.
Entre los cambios también se precisan los medios para acreditar la discapacidad de las personas postuladas bajo esa acción afirmativa. La condición podrá comprobarse mediante certificado o constancia médica de una institución pública de salud o de un especialista privado, así como con el Certificado Digital de Discapacidad o la Credencial Nacional de Personas con Discapacidad Permanente.
El documento correspondiente deberá presentarse junto con la solicitud de registro de la candidatura ante el órgano electoral.
La reforma modifica además los periodos de registro de candidaturas para facilitar la revisión de los requisitos de elegibilidad. En las elecciones para renovar los poderes Ejecutivo o Legislativo, el registro se realizará entre los días 89 y 85 anteriores a la jornada electoral; para la renovación de ayuntamientos será entre los días 85 y 80 previos a la elección.
Las sustituciones de candidaturas deberán observar la paridad de género y no procederán cuando la renuncia sea presentada dentro de los 15 días anteriores a la jornada electoral.
Asimismo, se mantiene el monitoreo de los programas noticiosos con mayor audiencia local durante las campañas electorales. El IEEH realizará cortes quincenales para evaluar el tiempo destinado a candidaturas y partidos políticos, así como el tratamiento de la información difundida por los medios.
Los eventuales ahorros generados por la nueva integración de los ayuntamientos permanecerán en la hacienda pública de cada municipio y deberán destinarse a obras de infraestructura pública en beneficio de la población, conforme al régimen establecido en la reforma constitucional federal.
El decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo. A partir de esa fecha, el IEEH contará con 90 días para ajustar su normativa interna.


