El Pleno aprobó en lo general, con 72 votos a favor y 34 en contra, reformas al Código Penal Federal y a la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial.
En medio de la discusión de la denominada “Ley Antimemes”, la senadora del PAN Lilly Téllez acusó censura después de que la Mesa Directiva interrumpiera la reproducción de un video que había solicitado proyectar ante el Pleno.
Téllez pidió una moción de ilustración para mostrar un video difundido en redes sociales relacionado con Andrés Manuel López Obrador y Andrés Manuel López Beltrán. La presidencia de la Mesa Directiva autorizó la reproducción, pero la detuvo después del minuto concedido para la moción. La legisladora reclamó desde su escaño: “¿Por qué no quieren poner el meme?”.
El presidente de la sesión, Higinio Martínez, respondió que se había cumplido el tiempo establecido.
La escena ocurrió durante el debate del dictamen que reforma diversas disposiciones del Código Penal Federal y de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, presentado como una actualización de las herramientas legales contra la piratería, falsificación y utilización ilícita de propiedad intelectual.

El Senado aprobó el proyecto en lo general con 72 votos a favor, 34 en contra y cero abstenciones, de acuerdo con el registro de votación del Pleno.
La votación nominal muestra que no todos los legisladores de un mismo partido registraron necesariamente el mismo sentido del voto. Entre los priistas, por ejemplo, Manuel Añorve Baños aparece con voto a favor en el tablero del Senado, mientras que Carolina Viggiano Austria no registró voto en esa votación. El marcador oficial contabilizó únicamente los 106 sufragios emitidos: 72 favorables y 34 en contra, sin abstenciones.
Uno de los puntos que concentró la controversia fue la incorporación del artículo 403 Bis, relacionado con la utilización de la identidad gráfica institucional, dominios electrónicos, documentos y otros elementos oficiales pertenecientes a instituciones públicas.
La redacción aprobada establece que la conducta sancionable deberá realizarse a escala comercial, utilizar esos elementos para inducir al error o engaño y tener la intención de cometer un ilícito. La reforma contempla penas de uno a cinco años de prisión y multas de mil a 10 mil UMA en los supuestos previstos.
Senadores del PAN cuestionaron que el artículo no excluya expresamente de sus alcances a memes, sátiras, parodias, caricaturas políticas, trabajos periodísticos, creación artística o expresiones de interés público. El grupo parlamentario anunció por esa razón su voto en contra.
Quienes respaldaron el dictamen sostuvieron, por el contrario, que no se está prohibiendo la elaboración o difusión de memes, debido a que para configurar el delito deben concurrir los elementos de escala comercial, engaño y finalidad ilícita.


