La reforma, aprobada por unanimidad, obliga a los municipios a verificar la disponibilidad del recurso antes de otorgar permisos de desarrollo inmobiliario.
El Congreso del Estado de Hidalgo aprobó por unanimidad una reforma que condiciona la autorización de nuevos fraccionamientos y desarrollos inmobiliarios a la acreditación de la disponibilidad de agua potable para sus habitantes.
La modificación al artículo 153 de la Ley de Asentamientos Humanos, Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial del Estado de Hidalgo establece que las autoridades municipales deberán verificar documentalmente la factibilidad del suministro de agua antes de conceder las autorizaciones correspondientes.
La iniciativa fue presentada el 9 de septiembre de 2026 por la diputada Claudia Lilia Luna Islas, integrante del grupo legislativo del Partido Acción Nacional (PAN), y recibió el respaldo de los legisladores durante su votación en el pleno.
Con esta disposición, los ayuntamientos deberán contar con documentación que acredite la disponibilidad del recurso hídrico como parte de los expedientes administrativos para autorizar fusiones, subdivisiones, lotificaciones y nuevos fraccionamientos.
La reforma vincula directamente los permisos municipales de desarrollo urbano con la capacidad de abastecimiento de agua potable, por lo que la acreditación de este requisito será necesaria para otorgar las autorizaciones.
De acuerdo con el planteamiento legislativo, la medida busca evitar que se autoricen desarrollos habitacionales sin considerar la capacidad de las redes hidráulicas existentes y la disponibilidad del recurso para las viviendas que se incorporen.
La modificación también establece condiciones para que los proyectos inmobiliarios acrediten la factibilidad del servicio antes de obtener los permisos municipales, sin incorporar procedimientos administrativos duplicados.
El decreto aprobado por el Congreso de Hidalgo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, momento a partir del cual serán aplicables las nuevas disposiciones para las autorizaciones contempladas en el artículo 153.


