Reafirman INE y Secretaría Ejecutiva del SIPINNA nacional requisitos para difusión de propaganda electoral en la que aparezcan niñas, niños y adolescentes
El Instituto Nacional Electoral (INE) y la Secretaría Ejecutiva (SE) del Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes (SIPINNA), adscrita a la Subsecretaría de Derechos Humanos, Población y Migración de la Secretaría de Gobernación (Segob), reiteraron la validez de requisitos para la difusión de propaganda electoral en la cual exista presencia, participación o imagen de niñas, niños y adolescentes.
Las consideraciones que se deben cumplir se encuentran estipuladas en los Lineamientos para la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes en materia político-electoral emitidos por el INE.
Ahí se establece, entre otras, que para que niñas, niños y adolescentes participen en mensajes electorales se requiere la opinión informada de ellas y ellos, así como el consentimiento de sus madres, padres o personas tutoras.
Antes de producir cualquier propaganda o material de índole electoral, conforme lo señalan los Lineamientos, primero se debe obtener el consentimiento y, en su caso, la opinión informada, y una vez que se cuenta con estos, producir la propaganda electoral para posteriormente difundirla.
Lo anterior contempla la producción y difusión de dichas comunicaciones para radio, televisión, internet, redes sociales, plataformas digitales y mítines políticos.
Esto quiere decir que se incluye propaganda político-electoral, mensajes electorales y actos políticos, actos de precampaña o campaña de los partidos políticos, coaliciones, candidaturas de coalición y candidaturas independientes, así como los mensajes transmitidos por las autoridades electorales federales y locales o las personas físicas o morales que se encuentren vinculadas directamente a los sujetos mencionados, atendiendo a su calidad o naturaleza jurídica, por cualquier medio de comunicación y difusión, incluidas redes sociales o cualquier plataforma digital, sea esta transmitida en vivo o videograbada.
En la Primera Reunión Anual de la Red Nacional de Enlaces de Comunicación de las Secretarías Ejecutivas de los Sistemas de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes en los estados 2024, se socializaron dichos requerimientos para que la información político-electoral sea correcta y se garanticen los derechos de esta población etaria.
La Encargada del Despacho de la SE del SIPINNA nacional, Constanza Tort San Román, resaltó la importancia de que los derechos de las niñas, los niños y adolescentes estén presentes en uno de los procesos electorales más grandes que ha vivido México.
En este sentido, también destacó la importancia de que todas las autoridades, partidos políticos o coaliciones y actores dentro de la Jornada Electoral, sin excepción, ejerzan plenamente sus derechos políticos y electorales.
En el documento se determina que los sujetos obligados a cumplirlos son los partidos políticos nacionales y locales; candidaturas federales y locales; autoridades electorales federales y locales; así como personas físicas o morales vinculadas con cualquiera de los actores mencionados.