Suponiendo…sin conceder.

Suponiendo…sin conceder.

Está demostrado que, a partir de que el gobierno federal mandó desaparecer, con peregrinos y falsarios argumentos, el INAI y sus similares estatales, el acceso a la información pública es más difícil. 

La desaparición del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, el INAI, modificó radicalmente el sistema construido durante más de dos décadas para obligar al gobierno a abrir sus archivos.

Sus atribuciones fueron distribuidas entre distintas autoridades y, para el Poder Ejecutivo federal, buena parte de ellas quedaron en estructuras dependientes de la propia administración pública.

El gobierno ha defendido el nuevo modelo asegurando que “mantiene los derechos y reduce costos”.

Pamplinas. 

Ahora, la censura. Después de la desaparición del INAI, de los organismos estatales de transparencia y del debilitamiento de contrapesos que durante años permitieron a ciudadanos y periodistas exigir información al poder, aparecen ahora dos asuntos que obligan a encender las alertas: los nuevos Lineamientos de Derechos de las Audiencias y la utilización de los procedimientos electorales para investigar expresiones políticas difundidas en redes sociales.

La consulta pública sobre el proyecto de Lineamientos Generales para la Protección de los Derechos de las Audiencias, impulsado por la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones, concluyó ayer, con una participación extraordinaria: 8 mil 889 comentarios.

Un análisis de Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad encontró que 82.2 por ciento de las participaciones rechazó el proyecto, mientras apenas 9.7 por ciento se manifestó favorable; 6.1 por ciento expresó una posición con reservas y 2 por ciento no definió postura.

Son 7 mil 307 comentarios de rechazo, que no servirán de nada.

La CRT deberá procesar los comentarios y atenderlos dentro de los 15 días hábiles siguientes al cierre de la consulta. Después, el proyecto final deberá pasar a la autoridad federal encargada de simplificación y digitalización para obtener el dictamen correspondiente.

Si obtiene un Dictamen Final Favorable, podrá publicarse en el Diario Oficial de la Federación y adquirir validez.

El verdadero problema comienza cuando el Estado adquiere facultades suficientemente amplias para determinar cuándo una información cumple con determinados parámetros de veracidad, objetividad, diferenciación o equilibrio.

Las preguntas que entonces saltan a la vista son ¿tienen derechos las audiencias?

Y sobre todo, ¿quién decidirá cuándo un periodista ha violado esos derechos?

¿El Estado? Ay, nanita.

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