SCJN avala verificación voluntaria de integridad para aspirantes a candidaturas

SCJN avala verificación voluntaria de integridad para aspirantes a candidaturas

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó el mecanismo de verificación de integridad para personas aspirantes a cargos de elección popular, al considerar que la evaluación voluntaria sobre posibles riesgos de vínculos con actividades delictivas es compatible con el derecho constitucional a ser votado.

Al resolver la Acción de Inconstitucionalidad 84/2026, el Pleno estableció que este procedimiento no crea un requisito adicional de elegibilidad, tampoco impide el registro de una candidatura y no representa una sanción ni una declaración de responsabilidad penal.

La Corte determinó que la finalidad del mecanismo es preventiva e informativa, pues busca aportar elementos objetivos tanto a los partidos políticos como a las personas aspirantes para la toma de decisiones relacionadas con las candidaturas.

De acuerdo con la SCJN, para que se realice la evaluación se requiere tanto la voluntad del partido político como el consentimiento de la persona aspirante, por lo que su aplicación no es obligatoria.

Además, el mecanismo establece obligaciones de confidencialidad y restricciones respecto de la información que puede darse a conocer, condiciones que, a juicio del máximo tribunal, permiten proteger la presunción de inocencia y el derecho a la protección de datos personales.

Con esta resolución, la Suprema Corte consideró constitucional un esquema dirigido a identificar preventivamente posibles factores de riesgo entre quienes buscan competir por cargos de elección popular, sin que sus resultados sustituyan investigaciones ministeriales o resoluciones judiciales.

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