El Pleno acordó una “medida temporal y excepcional” para prolongar su permanencia durante la transición de la reforma judicial; la Ley Orgánica vigente establece un periodo de cuatro años sin reelección inmediata y la Constitución reformada dispone un nuevo sistema de presidencias rotatorias cada dos años.
El Pleno del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Hidalgo determinó mantener temporalmente a la magistrada Rebeca Aladro Echeverría en la Presidencia del organismo, bajo el argumento de garantizar la continuidad institucional durante la transición derivada de la reforma constitucional al Poder Judicial.
En un comunicado emitido este 1 de septiembre, el Tribunal señaló que la determinación fue adoptada con fundamento en el artículo 18, fracción XXIII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial y aseguró que no representa la elección de Aladro Echeverría para un nuevo periodo ordinario de cuatro años, sino una “medida temporal y excepcional” que permanecerá vigente mientras se materializa el nuevo modelo judicial.
La determinación ocurre, sin embargo, mientras continúa vigente una disposición expresa de la propia Ley Orgánica respecto de la Presidencia del Tribunal. Su artículo 19 establece que la persona titular durará cuatro años en el encargo y no podrá ser reelecta para el periodo inmediato, además de señalar que será designada por mayoría simple de las magistradas y magistrados presentes.
La reforma constitucional al Poder Judicial aprobada en marzo de 2025 tampoco estableció expresamente una ampliación del periodo de quien actualmente ocupa la Presidencia. Por el contrario, modificó el esquema que regirá al Tribunal una vez que entren en funciones las magistraturas electas popularmente: la Constitución dispone que cada dos años se renovará la Presidencia de cada Tribunal de manera rotatoria, correspondiendo el cargo a quienes hayan obtenido las mayores votaciones en la elección judicial.
El régimen transitorio de esa reforma sí previó expresamente la continuidad de las magistradas y magistrados actualmente en funciones hasta que tomen protesta quienes resulten electos en 2027.
El segundo transitorio señala que quienes no resulten electos concluirán su encargo cuando asuman las nuevas personas juzgadoras. Sin embargo, esa disposición se refiere a la permanencia en las magistraturas, no específicamente a la prolongación de la Presidencia del Tribunal.
Incluso, cuando el legislador quiso autorizar una prórroga durante la transición lo hizo de forma expresa.
El cuarto transitorio del Decreto 214 establece que los nombramientos de consejeras y consejeros de la Judicatura que concluyan antes de la elección de 2027 “se prorrogarán” hasta la entrada en funciones del nuevo Tribunal de Disciplina Judicial.
El decreto no contiene una disposición equivalente respecto de la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia.
La reforma publicada el 12 de marzo de 2025 prevé que el proceso electoral judicial local 2026-2027 comenzará el próximo 15 de diciembre y que en junio de 2027 serán elegidas la totalidad de las magistraturas del Tribunal Superior de Justicia, del Tribunal de Disciplina Judicial y los cargos de juezas y jueces del fuero común.
Frente a ese marco normativo, el Tribunal sostuvo este lunes que su decisión no constituye una reelección, sino una medida transitoria destinada a preservar “la certeza jurídica, la estabilidad institucional y la continuidad en la impartición de justicia”, hasta que sean aplicables las nuevas reglas derivadas de la reforma.
Así, Rebeca Aladro continuará al frente del Tribunal mediante un acuerdo del propio Pleno y no mediante el procedimiento ordinario de relevo previsto en la Ley Orgánica, en un periodo de transición para el cual la Constitución reformada mantiene a las actuales magistraturas, pero no establece de manera expresa una prórroga para quien ocupa la Presidencia.


