El secretario de Contraloría de Hidalgo sostuvo que la medida busca “evitar que disputas políticas retrasen obras y servicios públicos”.
El secretario de Contraloría de Hidalgo, Álvaro Bardales Ramírez, respaldó la reforma al artículo 141 de la Constitución estatal, que elimina la autorización previa del Cabildo para que los presidentes municipales celebren contratos y convenios, al considerar que este requisito puede convertirse en un obstáculo para la ejecución del presupuesto público.
El funcionario sostuvo que, cuando los recursos ya fueron aprobados y se cumplen los requisitos legales para realizar una contratación, exigir nuevamente el aval del Ayuntamiento puede retrasar obras y acciones previamente autorizadas.
El 15 de octubre, el Ayuntamiento de Pachuca aprobó la minuta de reforma constitucional con 14 votos a favor y cinco en contra, en medio de cuestionamientos de integrantes del Cabildo sobre la reducción de los mecanismos de vigilancia y los contrapesos municipales.
Bardales Ramírez señaló que la Secretaría de Contraloría recibe constantemente quejas de presidentes municipales, contralores internos y tesoreros relacionadas con autorizaciones que permanecen detenidas, lo que impide ejercer recursos destinados a obras y servicios.
De acuerdo con el funcionario, estas situaciones pueden provocar retrasos en proyectos de infraestructura, servicios básicos y otras acciones municipales.
Advirtió que utilizar una autorización pendiente como mecanismo de presión para obtener plazas, contratos o beneficios personales constituye una conducta que debe investigarse cuando existan elementos que acrediten posibles irregularidades.
Frente a los señalamientos de que la reforma debilita los controles sobre el ejercicio de los recursos públicos, el secretario aseguró que permanecen vigentes las obligaciones establecidas en los procedimientos de contratación de obra pública y adquisiciones.
Entre ellas mencionó la suficiencia presupuestaria, integración de expedientes, comprobación de pagos y fiscalización, además de la intervención de los órganos internos de control y los comités de Contraloría Social.
También advirtió que la eliminación de la autorización previa no representa una facultad para que los alcaldes realicen contrataciones arbitrarias, favorezcan proveedores o ejecuten obras sin cumplir las disposiciones legales.
En ese sentido, sostuvo que las presidencias municipales deberán justificar sus decisiones y responder por las irregularidades que pudieran detectarse en el ejercicio presupuestal.
El contralor recordó que algunos recursos federales están sujetos a plazos de ejecución y que su incumplimiento puede generar la obligación de reintegrarlos, con afectaciones para las comunidades beneficiarias.
Ante la controversia por la reforma constitucional, planteó revisar cuáles contrataciones han sido detenidas, durante cuánto tiempo, bajo qué argumentos y cuáles han sido las consecuencias para la población.
Asimismo, precisó que votar en contra de la reforma no constituye, por sí mismo, una irregularidad, por lo que cualquier señalamiento sobre condicionamientos indebidos debe sustentarse en pruebas y ser investigado por las autoridades competentes.
Finalmente, Bardales Ramírez defendió que los cabildos mantengan sus funciones de vigilancia, mientras las administraciones municipales ejecutan los recursos aprobados y responden por su aplicación.


