Diez meses a seis años de prisión por cópula con menores de 18 años

Diez meses a seis años de prisión por cópula con menores de 18 años

Piden aumentar sanciones a quien a través de favores obtenga consentimiento para tener cópula con menores de dieciocho años

El diputado Salvador Alcántar Ortega (PAN) impulsa reformas al Código Penal Federal, a fin de aumentar las sanciones a quien tenga cópula con una persona mayor de quince años y menor de dieciocho, obteniendo su consentimiento por medio de engaño, bienes o favores, y se le aplique de diez meses a seis años de prisión. 

Las reformas a los artículos 262 y 263 también señalan que no se procederá contra el sujeto activo, sino por “querella” del ofendido o de sus representantes. “En el caso que la querella sea presentada por quien ejerce la patria potestad del menor y se demuestre que no existió engaño o desequilibrio de poder, no existirá sanción aplicable siempre y cuando se tenga como límite tres años de diferencia entre el sujeto activo y el menor”.

La exposición de motivos de la iniciativa, turnada a la Comisión de Justicia, destaca que se busca contribuir al desarrollo de adolescencias y juventudes plenas. Afirma que los derechos de los menores deben ser protegidos en su totalidad y las penas endurecidas pueden ayudar a evitar que se reincida en el delito.

Explica que la reforma tiene como objetivo proteger los derechos sexuales y reproductivos de las y los adolescentes, adaptando la legislación a la normativa internacional que establece que las leyes se deben adecuar para “evitar penalizar las relaciones sexuales consensuales entre jóvenes, teniendo en cuenta la diferencia de edad y el posible equilibrio del poder en la pareja en la determinación de la validez del consentimiento”.

El documento resalta que entre los riesgos que pueden enfrentar las personas jóvenes en el ejercicio de su derecho a práctica sexual, es el de ingresar a relaciones con personas mayores de edad a cambio de bienes o favores, principalmente adolescentes pertenecientes a estratos sociales desfavorables. 

Añade que los menores de edad, al ser sujetos de presión pueden verse en riesgo de contraer enfermedades de transmisión sexual, traumas psicológicos o maternidad precoz que puede impedir su desarrollo adecuado. 

Por ello, sostiene la necesidad de reformar el Código para que quien se aproveche de la vulnerabilidad de cargo o económica de un menor ofreciendo bienes o favores como intercambio sexual reciba penas más más duras.

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