El Human Rights Center de la Facultad de Derecho de la Universidad de California en Berkeley documentó 337 asesinatos de periodistas y defensores de derechos humanos entre 2018 y 2024, además de espionaje, hostigamiento digital y estigmatización; considera que el conjunto de conductas amerita un examen preliminar de la Corte Penal Internacional.
Una investigación del Human Rights Center de la Facultad de Derecho de la Universidad de California en Berkeley plantea que la vigilancia intrusiva, las campañas digitales de hostigamiento, la estigmatización pública y otras agresiones cometidas contra periodistas y defensores de derechos humanos durante el gobierno de Andrés Manuel López Obrador podrían, analizadas de manera conjunta, encuadrarse en el crimen de lesa humanidad de persecución contemplado en el Estatuto de Roma.
El estudio, denominado “Under Attack: Targeting of Journalists and Human Rights Defenders in Mexico”, fue publicado el 24 de septiembre de 2026 después de una investigación de varios años sobre lo ocurrido entre el 1 de diciembre de 2018 y el 30 de septiembre de 2024. Berkeley documentó 337 personas asesinadas: 78 periodistas y 259 defensores de derechos humanos, además de integrar 75 expedientes sobre homicidios, desapariciones forzadas y otros hechos de violencia grave.
La investigación no sostiene que los 337 asesinatos hayan sido ordenados por el gobierno federal. Su planteamiento jurídico parte de analizar conjuntamente distintas formas de agresión y determinar si existió un ataque generalizado o sistemático contra un grupo identificado por su función de fiscalización pública: periodistas que investigaban crimen organizado, corrupción y abusos de autoridad, así como defensores de derechos humanos.
Uno de los principales hallazgos se refiere a la vigilancia realizada desde estructuras militares.
El centro universitario afirma haber encontrado evidencia del uso del programa Pegasus y otras herramientas de vigilancia contra periodistas y defensores durante el sexenio pasado, pese a las reiteradas declaraciones de López Obrador de que su administración no espiaba a periodistas ni adversarios.
Para reconstruir esas operaciones, los investigadores recurrieron, entre otras fuentes, a registros de adquisiciones, expedientes judiciales y aproximadamente seis terabytes de documentación interna de la Secretaría de la Defensa Nacional filtrados por el grupo Guacamaya en 2022.
El análisis también examinó las 1,437 conferencias matutinas realizadas durante el sexenio. Mediante herramientas de análisis asistido por inteligencia artificial, Berkeley identificó 2,827 segmentos en los que López Obrador desacreditó o descalificó a periodistas, mediante expresiones como “prensa fifí”, “chayoteros” o “hampa del periodismo”.
La investigación vincula ese discurso con posteriores campañas de hostigamiento digital, algunas mediante redes de cuentas vinculadas con medios estatales, aunque cada episodio presenta circunstancias y responsables distintos.
Otro componente documentado fue el uso de denuncias penales, demandas civiles y otros procedimientos legales contra periodistas críticos, además de una tasa de impunidad que el Human Rights Center ubica entre aproximadamente 93 y 99 por ciento para delitos cometidos contra integrantes de estos grupos durante el periodo estudiado.
Lindsay Freeman, directora sénior de Responsabilidad Internacional del Human Rights Center y especialista en derecho penal internacional, sostiene que estas conductas no deben analizarse aisladamente. Bajo su interpretación del artículo 7 del Estatuto de Roma, la vigilancia ilegal, el hostigamiento, la estigmatización y la violencia física podrían formar parte de un mismo patrón si se demuestra que constituyeron un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y que existió una política estatal u organizacional que lo promoviera o alentara.
La figura analizada es la de persecución, definida en el Estatuto de Roma como la privación intencional y grave de derechos fundamentales contra un grupo o colectividad por motivos reconocidos por el derecho internacional, cuando se encuentra vinculada con otros actos contemplados dentro de la jurisdicción de la Corte Penal Internacional.
El planteamiento de Berkeley cobra relevancia después de que la Fiscalía de la CPI publicó, el 3 de diciembre de 2025, su primera política sobre delitos facilitados por medios cibernéticos. El documento establece que herramientas digitales, incluida la vigilancia intrusiva y determinadas operaciones de información, pueden ser medios mediante los cuales se cometan o faciliten delitos contemplados en el Estatuto de Roma.
La investigación de Berkeley fue concebida originalmente como una posible presentación jurídica ante la Corte Penal Internacional. Sin embargo, de acuerdo con el propio centro, las sanciones estadounidenses contra funcionarios de la CPI cerraron la vía legal que pretendía utilizar el equipo, por lo que la información terminó convertida en una plataforma pública que contiene una base de víctimas, expedientes, documentación sobre vigilancia, análisis de las mañaneras y mapas de las estructuras de seguridad mexicanas.
Freeman sostiene que el expediente mexicano “amerita un examen preliminar” internacional para determinar si los hechos alcanzan el umbral de persecución.
La especialista reconoce, al mismo tiempo, que corresponde a los fiscales establecer qué homicidios o agresiones pueden vincularse jurídicamente con el patrón descrito y cuáles tuvieron causas distintas, entre ellas la violencia del crimen organizado.


