Con 14 votos a favor, el Ayuntamiento avaló la modificación al artículo 141 de la Constitución de Hidalgo; cinco integrantes del Cabildo votaron en contra.
Durante la Quincuagésima Segunda Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de Pachuca, el Cabildo aprobó, con 14 votos a favor, la reforma al artículo 141 de la Constitución Política del Estado de Hidalgo, que elimina la obligación de los presidentes municipales de obtener autorización previa del Ayuntamiento para celebrar contratos y convenios.
La modificación constitucional, aprobada previamente por el Congreso del Estado, recibió el voto en contra de Nadia Reyna Camacho, Karla Mota, María Luisa Oviedo, Humberto Veras y Jenny Melgarejo.
Con esta reforma se modifica el mecanismo de control sobre la suscripción de contratos y convenios por parte de las presidencias municipales, al suprimirse la intervención previa del Cabildo prevista en la disposición constitucional reformada.
La votación forma parte del procedimiento legislativo para modificar la Constitución estatal, que requiere la participación de los ayuntamientos de Hidalgo después de la aprobación del Congreso local.
El Congreso de Hidalgo aprobó esta reforma el pasado 6 de octubre. Durante su discusión, legisladores de Morena argumentaron que la modificación permitirá agilizar los procedimientos administrativos municipales, mientras que diputados de oposición advirtieron sobre la reducción de los mecanismos de supervisión de los cabildos.
La modificación también ha generado inconformidad entre regidores y síndicos de distintos municipios, quienes consideran que puede limitar su participación en la revisión de decisiones que comprometan recursos públicos. Este jueves, representantes municipales se reunieron en Pachuca para manifestar su rechazo.
El Ayuntamiento no es figura decorativa: Nadia Reyna.
Durante la discusión, la regidora Nadia Reyna Camacho cuestionó la reforma al considerar que representa un retroceso en materia de transparencia, rendición de cuentas y autonomía municipal, debido a que concentra facultades en las presidencias municipales y reduce la participación de los órganos colegiados en decisiones relacionadas con el ejercicio de recursos públicos.
“¿Desde cuándo revisar el uso del dinero público debe considerarse un obstáculo para gobernar?”, cuestionó la regidora, quien sostuvo que la eficiencia administrativa no debe utilizarse como argumento para disminuir los mecanismos de vigilancia y control dentro de los ayuntamientos.


