Legislador del Panal reclama “narrativa mediática” contra el magisterio y exige fundamento jurídico sobre jornadas y compatibilidades
Durante la comparecencia del secretario de la Contraloría de Hidalgo, Álvaro Bardales Ramírez, ante el Congreso del Estado, el diputado de Nueva Alianza Hidalgo (Panal),
Alejandro Pérez Ramírez, cuestionó de forma directa las declaraciones del funcionario sobre presuntos casos de doble plaza en el magisterio, al considerar que han sido difundidas con “soberbia” y sin claridad jurídica.
El legislador afirmó que la Secretaría de la Contraloría ha construido “una narrativa en contra del magisterio hidalguense”, al publicar listas de trabajadoras y trabajadores supuestamente involucrados en casos de incompatibilidad laboral, situación que —dijo— expone su integridad en un contexto de inseguridad.
Pérez Ramírez señaló que dichas publicaciones han generado confusión al mostrar ingresos superiores a un millón de pesos anuales, sin explicar que se trata de percepciones distintas derivadas de claves, funciones y categorías diversas dentro del sistema educativo.
Afirmó que, bajo la ley, muchas plazas docentes tienen jornadas diferenciadas que no corresponden a un esquema de ocho horas laborales.
El diputado pidió al contralor explicar el fundamento jurídico que sustenta la afirmación de que un docente, cuyo horario frente a grupo es de 8:00 a 13:00 horas, debe completar una jornada de ocho horas como requisito para determinar la compatibilidad de funciones.
También solicitó aclarar por qué la Contraloría utiliza este criterio para considerar posibles irregularidades.
Respuesta del contralor
En su intervención, Álvaro Bardales señaló que las observaciones derivan de información entregada por municipios y dependencias, así como de denuncias ciudadanas, y reconoció que algunos términos difundidos“no fueron los correctos”, por lo que ofreció disculpas en caso de que alguna expresión haya sido mal interpretada.
Afirmó que su función es “aplicar la ley”, no interpretarla, y que la revisión de compatibilidades se fundamenta en criterios técnicos que incluyen horarios, responsabilidades, no conflicto de interés y obligaciones como declaraciones patrimoniales y fiscales.
Bardales añadió que, al presentar reportes sobre posibles casos de incompatibilidad, algunos ayuntamientos dieron de baja de inmediato a personal que ocupaba más de una función remunerada, lo que —dijo— evidencia irregularidades.
El marco constitucional citado en el debate
El legislador Panal recordó que el artículo 157 de la Constitución Política del Estado de Hidalgo establece una excepción explícita para las y los docentes respecto a la incompatibilidad de empleos públicos, así como lo previsto en el artículo 101 de la Ley General del ServicioProfesional Docente y en los artículos 27, 28 y 33 aplicables al personal educativo.
También señaló que la propia Constitución estatal permite la compatibilidad entre el trabajo docente y otros cargos públicos, siempre que se cumplan requisitos como la no colisión de horarios.
En respuesta, Bardales sostuvo que las excepciones constitucionales no son automáticas, pues deben cumplirse criterios de compatibilidad horaria, responsabilidades y ausencia de conflicto de interés.
Reiteró que todas las remuneraciones —incluidas dietas— deben registrarse en las declaraciones patrimoniales y no pueden superar la del gobernador.
Propuesta de “mesas de trabajo”.
Pérez Ramírez solicitó establecer mesas técnicas entre el Congreso, la Contraloría y representantes educativos para revisar caso por caso, debido a que cada docente tiene funciones y horarios distintos.
El contralor aceptó la propuesta y afirmó que está dispuesto a realizar verificaciones conjuntas “cuando exista una persona que realmente pueda tenercompatibilidad”
