El Correo de las Brujas.

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Haciendo gala de civilidad, compañerismo y política de altura, la diputada federal por el Distrito 02 de Hidalgo, Yamile Salomón Durán y el presidente municipal de Ixmiquilpan, José Emanuel Hernández Pascual, sostuvieron acalorado intercambio de improperios.

El alcalde criticó la ausencia de la legisladora desde que llegó a la Cámara de Diputados hasta la fecha.

Por su parte, Salomón Durán cuestionó los resultados de la administración municipal y rechazó señalamientos realizados por el alcalde en su contra.

Además, lo convocó a una reunión este 6 de octubre a las 12:00 horas en la Cámara de Diputados, pero el presidente municipal le sacó.

Y eso que no han comenzado las campañas.

Ante el pronóstico de lluvias intensas para esta semana, el Comité de Emergencia de Hidalgo se mantiene en sesión permanente para atender las afectaciones registradas en distintas regiones del estado, informó el gobernador Julio Menchaca Salazar.

Durante la reunión semanal del Gabinete de Seguridad se reportó que, en los últimos siete días, 21 municipios presentaron afectaciones por derrumbes, inundaciones y deslaves, además de 53 daños a infraestructura, 28 árboles caídos y el incremento en los niveles de distintos cauces.

Para atender las emergencias se desplegó personal de los tres órdenes de gobierno. Entre las acciones realizadas se encuentra el traslado de dos menores de edad lesionados y el rescate de dos personas que quedaron atrapadas por la creciente de un río mientras pescaban.

Hace exactamente año la vaguada causó una verdadera tragedia en cinco estados del país, de la cual aún no podemos recuperarnos.

Ojalá este año las lluvias extraordinarias y atípicas que caen cada año no nos agarren con los dedos en la puerta.

La cadena televisiva de la  Universidad Autónoma del estado de Hidalgo informó que Gerardo Sosa Castelán, exrector, obtuvo una “nueva victoria”.

Sin embargo, la no vinculación no impide que el Ministerio Público continúe investigando y posteriormente formule una nueva imputación, salvo que en la propia resolución se decrete el sobreseimiento. Lo que no ocurrió.

El artículo 319 del Código Nacional de Procedimientos Penales establece que, cuando no se reúnen los requisitos para vincular a proceso, el juez dicta auto de no vinculación y revoca las medidas cautelares correspondientes. 

Lo cual es apelable conforme al artículo 467, fracción VII, del mismo ordenamiento.

Ni “archivo” ni mucho menos sobreseimiento. 

¿Victoria? 

Más que una disertación jurídico-política, aquí se nota que seguimos con esa maldita costumbre de usar a los medios de comunicación como arietes y como recaderos para adversarios políticos.

¡Y es un medio público, por el amor de Dios!

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