Un año del fallo: SEAP Consultores S.C.,arropada desde el Congreso
La promesa de que habrá una investigación sobre los recursos que la 65 legislatura gastó en la Consulta Indígena que la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inválida, por inconstitucional, está.
La palabra empeñada al menos, aún en contra de lo que aparenta ser una empresa protegida.
Los contratos signados por el Congreso del estado de Hidalgo con la empresa SEAP Consultores S.C., no cuentan con una cláusula de responsabilidad para el proveedor ante la inconstitucionalidad declarada por la SCJN, para las consultas realizadas por esa empresa.
Para la consulta indígena, la Legislatura 65, que presidió, en su primer año, el próximo alcalde, Jorge Hernández Araus, emitió la Licitación Pública Nacional número CELSH-CAASSP-LP-003-2022 para su realización, por un monto total de 9 millones 720 mil 800 pesos más IVA.
El contrato para la Consulta a personas con discapacidad, con la misma empresa, cuya representación legal es de Mariana González Morales, costó al Congreso 2 millones 494 mil pesos, bajo el folio CELSH-DGSA-LP-CO24/2022.
Mariana González Morales es familiar muy cercana de la consejera del Instituto Estatal Electoral, Adriana González Morales, quienes tuvieron la asesoría, como parte de la consultoría, del ex consejero y luego asesor de la presidencia del IEEH, Augusto Hernández Abogado (de apellido y profesión).
Quienes también contaron con la ayuda y participación del exdiputado Miguel Ángel Martínez Gómez quien, además, presidía la comisión para el Desarrollo Integral para los Pueblos Indígenas, desde la cual se condujo, por llamarlo de algún modo, la realización de la Consulta.
El “oso”, como gustaba que le llamaran y cuya omisión de su apodo en la boleta electoral, aseguró él mismo, fue la causa de que perdiera las elecciones en las que buscó ser alcalde de Metepec, en cuyo ayuntamiento hoy es regidor.
Por Morena, desde luego, porque aún siendo perredista contendió por el partido guinda.
Martínez Gómez, luego de que se conoció el palo de la Corte al Contreso, aseguró ante los medios de comunicación, en diciembre de 2023, que las pólizas en el contrato con la empresa cubrirían la reechura de las consultas.
Sin embargo, los contratos elaborados para tal efecto no contemplan penalización alguna para la empresa responsable ni medidas a tomar ante la declaración de inconstitucionalidad por parte de la Corte, en ninguna de sus cláusulas.
El fallo de la licitación, por un total de 12 millones 214 mil 800 pesos, se resolvió sin la presencia del representante del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, lo que supone, cuando menos, un error.
Hoy, hace un año, el 12 de diciembre de 2023, el entonces presidente la Junta de Gobierno del Congreso de Hidalgo, Jesús Osiris LeinesMedécigo, informó en entrevista que el Congreso pediría a la empresa encargada la reposición de ambas consultas, sin costo extra.
En ambos contratos, que fueron signados por Rebeca Fernández, directora de Servicios Administrativos en el periodo del diputado Jorge Hernández Araus como presidente de la Junta de Gobierno, la empresa se compromete a la entrega de un documento impreso y electrónico con la actualización del catálogo de comunidades y pueblos indígenas, “monografías” de cada localidad indígena, base de datos con la información de cada localidad.
Además, el registro de personas que proporcionaron esa información, propuesta de armonización y reforma legal en materia de la consulta y resultados de la consulta sobre la “armonización constitucional”.
Finalmente, el plazo y condiciones de entrega, por etapas, además de la supervisión, de la que fue encargada Meritzia García Covarrubias, personal asignado a la presidencia de la Junta de Gobierno, cuya labor era verificar que el contrato se cumpliese de conformidad con lo pactado y se cumpliesen “las órdenes del Congreso” dadas por escrito.
La cláusula décima establece que “El Prestador” (la empresa) asume la obligación de garantizar “la óptima calidad” del servicio.
Además, que el objeto del contrato, es decir, la Consulta terminada, podrá ser aceptado o rechazado por el Congreso en un plazo de cinco días hábiles a partir de su entrega, lo que extrañamente (o no) no ocurrió.
La empresa, desde luego, no se ha hecho responsable.
Y como dijo ese célebre clásico de la televisión: ni se hará.
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