A pesar de datos, cifras, muertas y violadas, el discurso oficial y social es de «la violencia no tiene género».
En México, de acuerdo con el INEGI, existen 50.5 millones de mujeres mayores de 15 años, de las cuales un 70.1 % declararon que experimentaron al menos un incidente de violencia física, psicológica, sexual o económica en algún ámbito de su vida cotidiana.
A nivel global, la violencia contra las mujeres ha sido, y es, un grave problema político, cultural, social y económico, por eso se ha buscado erradicarlo a través de distintas campañas y acciones concretas en apoyo a las mujeres supervivientes de violencia.
La ONU a partir de 2008, buscó aumentar la conciencia e impulsar la prevención contra la violencia hacia las mujeres a través de 16 días de activismo , del 25 de noviembre al 10 de diciembre de cada año.
El organismo internacional, comparte diferentes proyectos y programas cuyo objetivo es visibilizar y detener la escalada de violencia en contra de niñas y mujeres en todo el mundo.
16 días de activismo contra la violencia hacia las mujeres
En el programa: ’Historia viva. La voz del pueblo de México’, durante su transmisión del 8 de diciembre de 2021, las investigadoras Alma Lilia Martínez y Mónica González Contró abordaron el tema sobre la violencia contra las mujeres y cómo se trabaja para erradicarla.
Para la investigadora Mónica González, la lucha inició en el siglo XX con el auge de los movimientos a favor de los derechos de las mujeres.
Además, se reflexionó acerca de que las normas jurídicas ignoraron las condiciones históricas de discriminación y violencia hacia las mujeres, de esta manera, surgieron legislaciones para que se aplicara la perspectiva de género en las decisiones políticas.
Fin de la violencia contra niñas y adolescentes en México
En el episodio ’Fin de la violencia contra niñas y adolescentes en México’ del programa ’Historia viva. La voz del pueblo de México’, se hace un recorrido histórico sobre la explotación laboral de las infancias y sus implicaciones en cuanto a la violencia y discriminación a través de las reflexiones de Alma Lilia Martínez y Mónica González.
Ni una más. Feminicidios en México
Noemí Juárez y Ruth Fierro dialogan sobre el tema de los casos de feminicidio en México, a través de un recorrido histórico, así como las iniciativas que comenzaron en el estado de Chihuahua para hacer visibles los casos de privación de la vida de cientos de mujeres.
La violencia contra las mujeres ha estado presente a lo largo del proceso histórico de México como lo señala la investigadora Noemí Juárez.
Durante la lucha independentista, algunas de las mujeres criollas fueron enclaustradas en conventos o casas de recogida, mientras que aquellas que vivían en pueblos y villas fueron fusiladas.
Ley Olimpia contra la violencia digital
En este programa de ’Historia viva. La voz del pueblo de México’, Noemí Juárez junto con Frida Angélica Gómez Pérez conversan sobre la violencia digital hacia las mujeres.
La Ley Olimpia es un conjunto de reformas a la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y al Código Penal Federal que surgió a partir de la difusión de un video de contenido sexual no autorizado.
Mediante esta ley, se busca reconocer la violencia digital y sancionar los delitos que violan la intimidad sexual.
Derechos humanos de las mujeres. Un análisis de su ausencia
Para conocer, a través de un recorrido histórico y jurídico, los derechos de las mujeres en México, habrá que consultar el texto: ’Derechos humanos de las mujeres. Un análisis a partir de la ausencia’, de la investigadora Lucía Raphael de la Madrid.
La obra aborda la situación nacional e internacional actual, y cómo han sido los cambios alrededor de la búsqueda de mejores condiciones en cuestión de leyes para las mujeres.
En esta publicación del Instituto de Investigaciones Jurídicas-UNAM en colaboración con el INEHRM, se realiza una investigación interdisciplinaria que atraviesa los derechos humanos de las mujeres a través del género, los feminismos y el derecho.
Conoce los instrumentos jurídicos internacionales, la importancia de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, los tratados internacionales, los cambios constitucionales y el marco normativo en México sobre el tema.
Mujeres y Constitución. De Hermila Galindo a Griselda Álvarez
¿Cómo se formaron los movimientos sufragistas en Yucatán? ¿Quiénes fueron las participantes del Primer Congreso Feminista y cómo se organizaron?
A través de un recorrido histórico que comienza en 1916, Piedad Peniche Rivero, resalta los principales momentos de los Congresos feministas realizados en la península yucateca.
Por otra parte, se retoma el relevante papel que Hermila Galindo tuvo en el club liberal ’Admiradoras de Juárez’, así como su posicionamiento como maderista y posteriormente constitucionalista.
La obra es una amplia investigación acerca de algunas de las mujeres mexicanas que han participado en la lucha por los derechos políticos y la ciudadanía.
Feminicidio, cáncer social.
El feminicidio se refiere al asesinato intencionado de una mujer por el hecho de serlo, si bien se puede definir de un modo más amplio como cualquier asesinato de mujeres o niñas.
Existen diferencias específicas entre el feminicidio y el asesinato de hombres.
En la mayoría de los casos, por ejemplo, quienes cometen los feminicidios son parejas o ex parejas de la víctima, y suponen la culminación de un proceso de abusos, amenazas o intimidación constantes en el hogar, violencia sexual o situaciones en las que las mujeres se encuentran en una situación de inferioridad con respecto a su pareja en términos de poder o disponibilidad de recursos.
Asesinatos por honor
Consisten en asesinar a un familiar, a menudo una mujer o una niña, alegando que la persona en cuestión ha traído el deshonor o la vergüenza a la familia. Es frecuente que estos asesinatos estén relacionados con la pureza sexual y con presuntas transgresiones por parte de familiares de sexo femenino.
Violencia sexual
Se entiende por violencia sexual cualquier acto de naturaleza sexual cometido contra la voluntad de otra persona, ya sea que esta no haya otorgado su consentimiento o que no lo pueda otorgar por ser menor de edad, sufrir una discapacidad mental o encontrarse gravemente intoxicada o inconsciente por efecto del alcohol o las drogas.
La violencia sexual puede incluir:
Acoso sexual
El acoso sexual abarca el contacto físico no consensuado, por ejemplo, cuando una persona agarra, pellizca, propina bofetadas o realiza tocamientos de índole sexual a otra persona. Incluye también otros tipos de violencia no física, como abucheos, comentarios sexuales sobre el cuerpo o el aspecto de una persona, la solicitud de favores sexuales, miradas sexualmente sugerentes, acecho o exhibición de órganos sexuales.
Violación
La violación es cualquier penetración vaginal, anal u oral no consentida por parte de otra persona utilizando cualquier parte del cuerpo o un objeto. Puede ser una persona conocida o no por la sobreiviente, ocurrir dentro del matrimonio y de una relación de pareja, así como durante un conflicto armado.
Violación correctiva
Forma de violación perpetrada contra una persona por su orientación sexual o su identidad de género. Su finalidad es obligar a la víctima a comportarse de manera heterosexual o acorde con una determinada visión normativa de la identidad de género.
Cultura de la violación
La cultura de la violación es el entorno social que permite normalizar y justificar la violencia sexual. Tiene su origen en el patriarcado y se alimenta de unas desigualdades y sesgos persistentes en lo que concierne al género y la sexualidad.
No, es no.
Violencia de género
La violencia de género se refiere a los actos dañinos dirigidos contra una persona o un grupo de personas en razón de su género.
Tiene su origen en la desigualdad de género, el abuso de poder y la existencia de normas dañinas.
El término se utiliza principalmente para subrayar el hecho de que las diferencias estructurales de poder basadas en el género colocan a las mujeres y niñas en situación de riesgo frente a múltiples formas de violencia.
Si bien las mujeres y niñas sufren violencia de género de manera desproporcionada, los hombres y los niños también pueden ser blanco de ella. En ocasiones se emplea este término para describir la violencia dirigida contra las poblaciones LGBTQI+, al referirse a la violencia relacionada con las normas de masculinidad/feminidad o a las normas de género.
Violencia contra mujeres y niñas
La violencia contra las mujeres y las niñas se define como todo acto de violencia basado en el género que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o mental para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la vida privada.
La violencia contra las mujeres y niñas abarca, con carácter no limitativo, la violencia física, sexual y psicológica que se produce en el seno de la familia o de la comunidad, así como la perpetrada o tolerada por el Estado.
Sobreviviente de violencia
Este término se refiere a cualquier persona que haya experimentado violencia sexual o de género. Su significado es similar al de “víctima”, aunque suele preferirse “sobreviviente” frente a este último porque implica resiliencia.
Consentimiento
“No” es “no”, “sí” es “sí”. El consentimiento es un acuerdo entre personas para la realización de actos sexuales o para contraer matrimonio. Debe otorgarse de manera libre y activa; una persona que sea menor de edad o que se encuentre bajo la influencia de las drogas, o el alcohol no puede dar su consentimiento.
El consentimiento es específico, lo que significa que el otorgado a una persona no implica que se conceda a otras; también es reversible, es decir, puede revocarse en cualquier momento.
Tipos de violencia contra las mujeres
Violencia contra mujeres y niñas en el ámbito privado
Este tipo de violencia, también llamada maltrato en el hogar o violencia de pareja, es cualquier patrón de comportamiento que se utilice para adquirir o mantener el poder y el control sobre una pareja íntima.
Abarca cualquier acto físico, sexual, emocional, económico y psicológico (incluidas las amenazas de tales actos) que influya en otra persona. Esta es una de las formas más comunes de violencia que sufren las mujeres a escala mundial.
La violencia contra mujeres y niñas en el ámbito privado puede incluir:
* Violencia económica
Consiste en lograr o intentar conseguir la dependencia financiera de otra persona, manteniendo para ello un control total sobre sus recursos financieros, impidiéndole acceder a ellos y prohibiéndole trabajar o asistir a la escuela.
* Violencia psicológica
Consiste en provocar miedo a través de la intimidación; en amenazar con causar daño físico a una persona, su pareja o sus hijas o hijos, o con destruir sus mascotas y bienes; en someter a una persona a maltrato psicológico o en forzarla a aislarse de sus amistades, de su familia, de la escuela o del trabajo.
* Violencia emocional
Consiste, por ejemplo, en minar la autoestima de una persona a través de críticas constantes, en infravalorar sus capacidades, insultarla o someterla a otros tipos de abuso verbal; en dañar la relación de una pareja con sus hijas o hijos; o en no permitir a la pareja ver a su familia ni a sus amistades.
* Violencia física
Consiste en causar o intentar causar daño a una pareja golpeándola, propinándole patadas, quemándola, agarrándola, pellizcándola, empujándola, dándole bofetadas, tirándole del cabello, mordiéndole, denegándole atención médica u obligándola a consumir alcohol o drogas, así como empleando cualquier otro tipo de fuerza física contra ella. Puede incluir daños a la propiedad.
* Violencia sexual
Conlleva obligar a una pareja a participar en un acto sexual sin su consentimiento. Véase infra para obtener más información sobre la violencia sexual.
Con información de ONU Mujeres, INEGI, Instituto Nacional de Estudios Históricos de las Revoluciones en México.