Además del Partido Acción Nacional
La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) resolvió, por unanimidad de votos, medidas cautelares solicitadas por diversos partidos, por la aparente comisión de actos anticipados de campaña, vulneración a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda.
El Partido Acción Nacional (PAN), denunció al Titular del Ejecutivo Federal, Andrés Manuel López Obrador, por el presunto uso indebido de recursos públicos y violación a los principios de neutralidad, imparcialidad y equidad en la contienda electoral, derivado de los pronunciamientos emitidos por el funcionario durante dos eventos celebrados en las entidades de Guerrero y Puebla, los días 17 y 19 de febrero, respectivamente, pues en éstos se realizan expresiones que, a decir del quejoso, pudieran afectar la equidad en la contienda electoral que actualmente se desarrolla.
La Comisión de Quejas y Denuncias determinó que la conferencia matutina de fecha 19 de febrero, celebrada en Puebla, contiene manifestaciones que podrían vulnerar los principios de neutralidad, imparcialidad y equidad del Proceso Electoral Federal 2023-2024 al ser, preliminarmente, de índole electoral, por lo tanto, se ordenó al Presidente de la República eliminar o modificar las publicaciones de la conferencia matutina en un plazo máximo de 6 horas.
INE resuelve dos solicitudes de medidas cautelares en contra del Partido Acción Nacional
resolvió, por unanimidad de votos, dos medidas cautelares solicitadas por el Partido Verde Ecologista de México (PVEM), por el probable uso indebido de la pauta en el marco del Proceso Electoral Federal 2023-2024.
En el primer asunto, derivado de la difusión del promocional para televisión identificado como CAM FED SEN NL JUAN CARLOS RUIZen el que, a decir del quejoso, se omite señalar la coalición por la que se promueve la candidatura a senaduría por el Estado de Nuevo León.
Al respecto, del análisis del promocional denunciado, la Comisión de Quejas y Denuncias determinó procedente ordenar al Partido Acción Nacional (PAN) que, en un plazo no mayor a 3 horas a partir de la notificación respectiva sustituya el promocional denunciado, ya que no es posible identificar a Juan Carlos Ruiz García, como candidato de la coalición “Fuerza y Corazón por México”. Asimismo, ordenó a las concesionarias de televisión evitar la difusión de dicho promocional.
En el segundo caso, denunció al PAN y a su Presidente Nacional Marko Antonio Cortés Mendoza, por la difusión de dos promocionales de televisión identificados como CAM FED SEN LLEGO LA HORA DEL CAMBIO V2 y CAM FED SEN LLEGO LA HORA DE AVANZAR V1 ya que, desde la óptica del quejoso, no se identifica al dirigente partidista como candidato a Senador, sobreexponiendo su persona.
La Comisión resolvió la improcedencia de la medida cautelar solicitada porque, del análisis preliminar a los promocionales denunciados, se advirtió que la intervención de Marko Antonio Cortés Mendoza en el spot, se realiza en su carácter de Presidente Nacional del PAN, sin que la sola aparición del dirigente partidista permita sostener que existe una promoción personal, ni mucho menos una exposición indebida.
Finalmente, en ambos casos, respecto a la tutela preventiva, se declaró improcedente, pues se trata de hechos futuros de realización incierta.