“No tienen hijos y beben alcohol”, argumento para prisión preventiva.
La vinculación a proceso de los detenidos por supuestamente intervenir en los desmanes de la Marcha 8M, en Pachuca, por delitos de lesiones, sedición y ultrajes fue un exceso del Juez Luis Raúl González Becerra.
Así lo consideró el abogado defensor de uno de los detenidos, (Johnatan N) Daniel García Luna, en entrevista para CentralMX.
El postulante recalcó que los razonamientos del juzgador son endebles y obedecen a un exceso en el que incurrió al emitir el fallo en la pasada audiencia inicial.
García Luna señaló que los delitos de Sedición y Ultrajes a la Autoridad son perseguidos de oficio, sin embargo, en cuanto a los supuestos ultrajes, en la Carpeta de Investigación no obra ningún documento o prueba que justifique que se haya cometido en contra de los agentes policiales que se encontraban en el lugar.
“Se refiere que los jóvenes se dirigieron a ellas (agentes policiales) con palabras altisonantes, denigrando su dignidad y sus funciones de resguardo”, explicó.
“No hay ningún dato que certifique que se trataba de una autoridad estatal, municipal o federal, en la carpeta deben obrar datos suficientes de que se trataba de una autoridad en el ejercicio de sus funciones, lo que no hay”.
Daniel garcía
En cuanto al delito de Sedición, el abogado defensor afirmó que tampoco se acredita que estos jóvenes hayan tenido la intención de encabezar protestas contra el gobierno, como lo que señala el código penal.
“Todo lo contrario, estos jóvenes estaban cortándose el cabello en una barbería lo que contraviene toda lógica en la detención por sedición”.
García Luna destacó que no existen, a la luz de los hechos, “datos suficientes que permitieran establecer la existencia de por lo menos esos dos delitos: la Sedición y los ultrajes a la autoridad.”
García Luna señaló que la interpretación de las leyes y sus artículos, del Código Nacional de Procedimientos Penales por parte del juez González Becerra “fueron parciales y excesivas, totalmente encaminados a vincularlos a proceso cuando los elementos son mínimos”.
Agregó que la detención de los imputados no se dio conforme a lo que señalan los agentes de investigación de la Procuraduría General de Justicia estatal, “no se da conforme la estricta hipótesis de flagrancia”.
“A los jóvenes los detuvieron en la calle de Guerrero (como está documentado en videos) y los agentes aprehensores refieren que los detuvieron en el momento en que estaban ejecutando los actos tendientes a las lesiones, a la sedición y a los ultrajes a la autoridad en la Plaza Juárez, lo cual no es cierto y el juez no lo tomó en cuenta”.
“Argumentación corta, por Sedición”.
El abogado postulante calificó como “muy corta” la argumentación del juez González Becerra respecto del delito de Sedición.
Señaló que únicamente señaló como referencia a los datos de prueba del Ministerio Público de que “no permitieron a los policías desempeñar sus funciones”.
En este caso, señaló el abogado, las funciones de los agentes eran “resguardar el Palacio de Gobierno”, el cual nunca se vio comprometido o riesgo de detrimento patrimonial “pues estaban las vallas”.
“Es absurdo creer que los dos jóvenes pretendieron o pudieron limitar las funciones de los agentes policiales”.
“De acuerdo con el juez, la sola presunta participación en la Marcha y actividades del 8M de los hoy detenidos, acredita la existencia del delito, lo que es inverosímil”.
“El juez se excede, se excede totalmente en vincularlos a proceso por este delito, no hay ningún antecedente de que estos jóvenes se dediquen a participar en asuntos como mítines políticos o estén relacionados con alguna organización que esté en contra del gobierno, para nada, circunstancialmente estaban ahí y con eso fue suficiente para detenerlos”, señaló.
“No tienen hijos, beben alcohol”, pues prisión preventiva.
García Luna informó que la integración de la carpeta de investigación es sumamente endeble, pues además de que el momento de la detención es irregular, las denuncias de las policías supuestamente agredidas lo es también.
“La denuncia por lesiones se produce porque los agentes recibieron el dato de que un hombre con vestimenta similar al de uno de los detenidos arrojó una piedra que golpeó en la mano a una oficial de policía, lo cual fue suficiente para detenerlos en lugar distinto al de los hechos”.
Estos hechos fueron suficientes no solo para vincularlos a proceso sino para dictar una prisión preventiva justificada a todas luces excesiva, pues no estamos hablando de ningún delito de alto impacto”, aseguró.
“El juez justificó la prisión con argumentos muy banales”, aseguró el abogado, “cuestiones como hasta el hecho de que supuestamente ingieren bebidas alcohólicas, lo cual podría afectar su voluntad de presentarse a continuar con el proceso”.
Además, el juez señaló que como los detenidos no tienen hijos, “eso podría facilitar su huida del estado, argumentos improvisados”, acusó.
Finalmente, Daniel García Luna aseguró que la estrategia que seguirán en el proceso penal es buscar, las dos defensas, una revisión a la medida cautelar y lo que más pronto logre obtener la libertad de los imputados.