Cuauhtémoc Ochoa y sus actos desvergonzados de campaña
Que no vengan con que la ley es la ley, y si lo es, entonces que no vengan con que se tiene que respetar.
Y en el último se los casos, si es menester respetarla, pues tengamos en cuenta que la ley es laxa, flexible, blandengue, para que pueda ser acomodaticia en casos desesperados de evidencia contundente.
El Consejo Local del INE Hidalgo declaró procedente una medida cautelar contra candidato a Senador, Cuauhtémoc Ochoa Fernández y el partido que lo postula, Morena, por actos anticipados de campaña.
La queja de los partidos de oposición fue por el presunto uso indebido de recursos públicos, promoción personalizada y actos anticipados de campaña en el marco del Proceso Electoral Federal 2024, derivado de los censos levantados a favor del diputado aspirante a senador.
La sanción, brutal, contundente, consiste en la figura de la “tutela preventiva”, es decir, ordenarle al denunciado, a Cuauhtémoc Ochoa, que deje de realizar levantamientos de censos y promesas de entregas de bienes o servicios.
Es decir, que deje de cometer actos anticipados de campaña, lo cual suena no solo lógico sino como un acto de irrefrenable justicia.
El organismo electoral señaló que, en el marco de las campañas electorales, existe el riesgo de que los hechos denunciados se repitan, lo cual podría influir en la decisión de la ciudadanía de cara a la jornada del 2 de junio.
En noviembre de 2021, el PAN y el PRI levantaron una denuncia por actos anticipados de campaña y promoción de imagen fuera del plazo que establece la norma electoral.
Debido a esa denuncia, en mayo de 2022, el Tribunal Electoral de Hidalgo (TEEH) dio vista al Congreso de la Unión para que sancionara al diputado federal Cuauhtémoc Ochoa Fernández, por actos anticipados de precampaña y promoción personalizada, según el procedimiento especial sancionador TEEH-PES-001-2022.
Lo que ocurrió después resulta evidente y retrotrae al inicio de este cíclico conflicto: no vengan con que la ley es la ley…
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