Al usar propaganda personalizada en actos de ayuda humanitaria.
La senadora hidalguense Simey Olvera Bautista, el senador Cuauhtémoc Ochoa Fernández y el diputado federal Asael Hernández Cerón, contravinieron disposiciones constitucionales y legales al entregar apoyos a personas damnificadas por el huracán Priscila y hacer propaganda personalizada.
Simey Olvera acudió a entregar apoyos a damnificados en Tianguistengo, ataviada en un chaleco color guinda, con su nombre y el de su partido Morena, mientras que Asael Hernández Cerón entregó apoyos rotulados con su nombre completo en Nicolás Flores.
Del mismo modo, el senador morenista Cuauhtémoc Ochoa también hizo entrega de apoyos para la población afectada mostrando su nombre en un chaleco color guinda, el color de su partido.
De acuerdo con el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la propaganda, bajo cualquier modalidad de comunicación social, que difundan los poderes públicos, órganos autónomos, dependencias y entidades de la administración pública y cualquier otro ente gubernamental “deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social”.
Además, no podrá incluir nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público.
El uso de emblemas partidistas durante la entrega de apoyos puede constituir una violación directa al principio de imparcialidad en el uso de recursos públicos, contenido en el mismo artículo constitucional, así como a sus leyes reglamentarias.
La Ley General en Materia de Delitos Electorales: sanciona a servidores públicos que utilicen programas sociales con fines electorales o partidistas.

La Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE): en su artículo 449 establece infracciones para quienes difundan propaganda con fines electorales fuera de los tiempos permitidos o utilicen símbolos partidistas en actos oficiales.
La Ley General de Comunicación Social, en sus artículos 5 y 6 exige que toda comunicación social financiada con recursos públicos tenga carácter institucional y no partidista.
También podría ser sujeta de revisión por el Instituto Nacional Electoral (INE), que ha sancionado anteriormente a funcionarios por usar logotipos de partidos en actividades públicas, aun cuando no medien periodos electorales.
Especialistas en materia constitucional y electoral han subrayado que, aun cuando los apoyos provengan de recursos privados o donaciones, el hecho de que una servidora pública realice la entrega portando símbolos partidistas puede interpretarse como una forma de promoción indebida y violación a la neutralidad que exige la ley.

La acción de Olvera Bautista y Hernández Cerón ocurre en medio de una crisis en varias zonas de Hidalgo y otros estados afectados por el huracán, donde las autoridades federales y estatales coordinan labores de apoyo a la población damnificada.
“No se trata de quién ayuda, sino de cómo lo hace. Los servidores públicos tienen la obligación de abstenerse de mezclar la solidaridad con propaganda partidista”, señaló un abogado electoral consultado.
El caso podría derivar en una queja ante el INE o el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) e incluso una denuncia ante la Fiscalía Especializada para la Atención de los Delitos Electorales si algún partido, ciudadano u organización decide impugnar la conducta de los legisladores hidalguenses.