La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación determinó que la gobernadora de Campeche, Layda Sansores San Román, y el director de Servicios de Comunicación Social de la Coordinación General de la Oficina de la Gobernadora, Juan Herrera Real, usaron indebidamente recursos públicos y vulneraron los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda, con la difusión del programa “Martes del Jaguar”, transmitido el pasado 25 de julio.
El Pleno llegó a esta conclusión (por mayoría), porque las expresiones ahí vertidas tuvieron como intención llamar a votar por Morena y no hacerlo por el PRI y su dirigente, Alejandro Moreno Cárdenas, en el contexto del inminente inicio del proceso electoral en el que se renovará la Cámara de las Diputaciones del Congreso de la Unión.
Además, se observó el uso de instalaciones de gobierno, recursos humanos y materiales por parte de la gobernadora para la realización del citado programa.
Por estas conductas, la Sala ordenó dar vista al Congreso de Campeche y a la persona titular de la Unidad de Comunicación Social de la Coordinación General de la Oficina de la gobernadora de dicha entidad federativa para que determinen lo que en derecho corresponda (SRE-PSC-133/2023).
En sesión pública, el Pleno también resolvió que Claudia Sheinbaum y Geraldine Ponce, no cometieron actos anticipados de precampaña y campaña, promoción personalizada, ni hicieron uso indebido de recursos públicos por la difusión de un video publicado en el marco de proceso interno de Morena, para seleccionar a la persona coordinadora de los Comités de Defensa de la Cuarta Transformación, a través de las cuentas de redes sociales de ambas personas.
Lo anterior, porque en dichas publicaciones no se advirtieron expresiones para posicionar a Claudia Sheinbaum ni solicitud del voto a favor o en contra de alguna opción política o electoral, de cara al proceso federal de 2023-2024 (SRE-PSC-135/2023).
La Sala Especializada también determinó que el presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador; Salomón Jara, entonces Senador de la República; Noé Jara; Laura Estrada; Saúl Díaz; Eunice Pacheco; Blanca Martínez; Toribio López; Daniel Cervantes y Alejandro Velasco, no realizaron promoción personalizada; no usaron indebidamente recursos públicos, ni vulneraron los principios de imparcialidad y equidad en la contienda federal por la colocación de espectaculares y lonas en diversos espacios públicos en municipios de Oaxaca, así como por la publicación y contratación de anuncios en redes sociales.
Asimismo, determinó que el presidente de la República no trasgredió las normas de propaganda electoral, pues la publicidad denunciada contenía un agradecimiento al presidente de la República, por sus dos años de gobierno.
Aunado a que ninguna de las personas referidas se encontraba postulada a algún cargo de elección popular.