Fiscalía de la CDMX revictimiza y retiene a periodista

Fiscalía de la CDMX revictimiza y retiene a periodista

La Oficina para México y Centroamérica de la organización defensora de periodistas Article 19, expresó su rechazo al actuar de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México (FGJ), y de personal de la Comisión Ejecutiva de Atención Víctimas de la Ciudad de México (CEAVI) en el caso de Humberto Padgett, periodista independiente, y también colaborador de Grupo Fórmula y Grupo Imagen.

En agosto de 2017, durante una cobertura e investigación periodística sobre narcomenudeo en las instalaciones de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), en la Ciudad de México, Padgett fue agredido físicamente, le robaron identificaciones y fue amenazado por sujetos desconocidos.

El periodista presentó la denuncia, pero en vez de ser debidamente atendido por las autoridades, desde un inicio la FGJ minimizó los hechos y calificó los crímenes sólo como robo y agresiones. Tiempo después, las mismas autoridades filtraron a sus agresores, información delicada y personal sobre el análisis de riesgo del periodista y su familia, que incluyó direcciones, detalles del plan de protección otorgado en su momento por el Mecanismo de Protección a Personas Defensoras y Periodistas, así como adicionales datos personales.

Hoy, casi siete años de los crímenes a los que fue sujeto el periodista, las omisiones de las autoridades siguen presentes.

El 21 de junio, en un audio compartido por el periodista con ARTICLE 19, un integrante de la Fiscalía para la Investigación de los Delitos Cometidos por Servidores Públicos, informa a Humberto Padgett que su expediente se “encontraba en archivo desde 2022”, sin que el periodista hubiera sido informado de esa situación.

Tras expresar su enojo por esta situación, presuntamente personal de la Fiscalía le informó que sería detenido “por insultos”.

Según la información recibida, el periodista lleva retenido en las Instalaciones de la Fiscalía al menos una hora, sin ser ni liberado ni movido en acorde a los procedimientos de detención, fue liberado a las 17:09 horas después de cinco detenido.

Resulta preocupante para esta organización, señaló en in comunicado, que la victimización de Padgett sea una constante no solamente por la falta de notificación formal del Archivo Temporal, sino por la retención a la que está siendo sujeto.

Esta situación ocurrió días después que el periodista, fue a el pasado 18 de junio a las instalaciones del Centro de Apoyo Sociojurídico a Víctimas del Delito Violento, de la misma Fiscalía, y cuando preguntó más información, su asesor jurídico de oficio “parecía no tener claros todos los detalles del caso” y se limitó a decir que ve complicado el avance del caso y que “jueces se agarran de cualquier cosita para mantener los asuntos en archivo”, sugiriendo que no había una estrategia para darle continuidad a la investigación. Es preciso resaltar que dicho dato es erróneo, puesto que la decisión de enviar a Archivo es de la propia Fiscalía, y no del poder judicial, por lo que el asesor jurídico de oficio está desinformando a la víctima, y desmarcando a la Fiscalía de su obligación.

ARTICLE 19 expresa su preocupación que, en un caso en donde la misma Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México (CDHCM) dirigió a la Fiscalía la Recomendación 19/2019 no se tenga un plan de trabajo para acatar la recomendación emitida. Dicho documento de la CDHCM resalta la “falta de debida diligencia en la investigación de delitos contra periodistas”, y determina que se cometieron en agravio de Humberto Padgett y su familia múltiples violaciones a los derechos humanos, entre ellos, a la libertad de expresión, debido proceso, acceso a la justicia y verdad. Cabe resaltar que la entonces Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México (hoy FGJ) aceptó en su totalidad la Recomendación 19/2019 el 13 de enero de 2020.

ARTICLE 19 expresa su preocupación por que la supuesta determinación de Archivo Temporal sin notificación alguna al periodista esté siendo utilizada arbitrariamente ante la incapacidad e ineficacia del órgano investigador, ya sea por falta de voluntad, omisiones investigativas o por el simple paso del tiempo que provoca la falta de acción de la Fiscalía; la instancia justifica la ausencia de investigación del hecho denunciado sin responsabilidad para la institución, lo que se traduce en impunidad para el caso del periodista.

El efecto que se provoca el Archivo Temporal de la investigación en agravio de Humberto Padgett, es el de acallar a un periodista quien ha tenido investigaciones importantes en materia de delincuencia organizada, ha sido crítico a múltiples autoridades por la corrupción y falta de actuación y que termina siendo vulnerado por la propia Fiscalía. Adicionado a esto, ARTICLE 19 reitera el efecto de la impunidad en estos casos es devastador para las víctimas, puesto que terminan siendo las únicas sometidas a procesos investigativos y legales extenuantes, con afectaciones psicoemocionales, familiares, y de salud; mientras que los autores materiales o intelectuales que provocaron el daño, tanto de la primera agresión en la UNAM como aquellas responsables dentro de la Fiscalía, permanecen sin enfrentar alguna responsabilidad.

Como parte de los procesos de reparación integral de Humberto Padgett, la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAVI) le ha acompañado en la gestión de una serie de procesos médicos por las afectaciones que ha vivido el periodista.

El día de ayer 20 de junio, en uno de dichos procesos donde el periodista estaba siendo atendido en el Hospital de Ortopedia en Ciudad de México, una de las integrantes de la CEAVI tomó fotografías sin consentimiento del periodista. Según el relato del periodista con ARTICLE 19, él se encontraba en ropa interior para una evaluación física, cuando la doctora que le estaba atendiendo dijo al personal de la CEAVI que se encontraba presente que “dejara de tomar fotos”. Posterior al hecho, cuando él preguntó por qué estaban tomando dichas fotografías, negaron los hechos: “Les cuestioné por qué la fotografía era necesaria, y me negaron haberla tomado.”

ARTICLE 19 se comunicó con personal de la CEAVI quien identificó que presuntamente pudo haber sido una confusión sobre sus procesos internos, pues requerían tomar fotografías para el expediente y como prueba del acompañamiento. No obstante, esta organización exige que cualquier fotografía de evidencia sobre la labor de acompañamiento debe ser tomada bajo consentimiento previo de la víctima, con la debida atención y cuidado a las víctimas y no existe justificación para que estas sean tomadas en un estado de mayor vulnerabilidad.

Es preciso mencionar que Humberto Padgett y sus familiares se encuentran en proceso aún de recibir un plan de reparación integral.

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