El Instituto Nacional Electoral habilitó un sitio web para denunciar la violencia política contra las mujeres en la esfera digital y mediática.
En este portal, el INE proporciona elementos para identificar la violencia digital y mediática, y acciones para prevenirla y erradicarla.
El portal permite iniciar una queja o denuncia en persona, por correo o vía telefónica, además, de acuerdo con el INE, en todo momento, la persona denunciante puede solicitar que sus datos personales, y aquellos considerados como sensibles, sean mantenidos en confidencialidad.
Al mismo tiempo, el INE explica el significado de la violencia política contra las mujeres en razón de género (VPMRG), como “toda acción u omisión, incluida la tolerancia, basada en elementos de género y ejercida dentro de la esfera pública o privada, que tenga por objeto o resultado limitar, anular o menoscabar el ejercicio efectivo de los derechos políticos y electorales de una o varias mujeres”.
Además, esta práctica limita el acceso al pleno ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo, labor o actividad, el libre desarrollo de la función pública, la toma de decisiones, la libertad de organización, así como el acceso y ejercicio a las prerrogativas, tratándose de precandidaturas, candidaturas, funciones o cargos públicos del mismo tipo.
El portal también define a la Violencia Digital como “toda acción dolosa realizada mediante el uso de tecnologías de la información y la comunicación, por la que se exponga, distribuya, difunda, exhiba, transmita, comercialice, oferte, intercambie o comparta imágenes, audios o videos reales o simulados de contenido íntimo sexual de una persona sin su consentimiento, sin su aprobación o sin su autorización”.
Esta clase de violencia, de acuerdo con la normativa, causa daño psicológico y emocional, “en cualquier ámbito de su vida privada o en su imagen propia”.
Así como aquellos actos dolosos que causen daño a la intimidad, privacidad y/o dignidad de las mujeres, que se cometan por medio de las tecnologías de la información y la comunicación.
Esta clase de violencia se vale de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, además de recursos, herramientas y programas que se utilizan para procesar, administrar y compartir la información mediante diversos soportes tecnológicos.
“La violencia digital será sancionada en la forma y términos que establezca el Código Penal Federal”, informa la herramienta digital.
Finalmente, el portal habilitado por la autoridad electoral, informa que la violencia mediática “es todo acto a través de cualquier medio de comunicación, que de manera directa o indirecta promueva estereotipos sexistas, haga apología de la violencia contra las mujeres y las niñas, produzca o permita la producción y difusión de discurso de odio sexista, discriminación de género o desigualdad entre mujeres y hombres, que cause daño a las mujeres y niñas de tipo psicológico, sexual, físico, económico, patrimonial o feminicida”.
La violencia mediática se ejerce por cualquier persona física o moral que utilice un medio de comunicación para producir y difundir contenidos que atentan contra la autoestima, salud, integridad, libertad y seguridad de las mujeres y niñas, que impide su desarrollo y que atenta contra la igualdad.
Esta herramienta fue elaborada por la empresa META (Facebook, Instagram y WhatsApp) y el INE, en la cual encontrarás herramientas y consejos para participar de forma segura con los integrantes de las comunidades en esas redes sociales.