Concesión de servicios públicos municipales a particulares sólo podrá otorgarse en el tiempo de vigencia de la administración pública municipal.
En sesión ordinaria número 200 del Congreso del Estado de Hidalgo, la diputada Michelle Calderón Ramírez, planteó el dictamen, que aprueba modificaciones para reformar la Ley de prestación de servicios para la atención, cuidado, protección y desarrollo integral infantil del Estado de Hidalgo, a fin de que las instalaciones cuenten con videovigilancia.
Integrantes de la LXV Legislatura, aprobaron el dictamen emitido por la Comisión Permanente de Legislación y Puntos Constitucionales, que reforma diversas disposiciones de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Hidalgo, establece que toda concesión de servicios públicos municipales a particulares sólo podrá otorgarse como máximo por el tiempo de vigencia de la administración pública municipal que la conceda.
“También plantea la propuesta normativa que, en su caso, un nuevo ayuntamiento podrá prorrogar las concesiones hasta por el tiempo que dure la nueva administración”.
Las y los diputados integrantes del Grupo Plural Independiente presentaron la iniciativa que adiciona un párrafo al artículo 139 de la Ley de la Industria Eléctrica, la cual permitirá que, por Ley, se tengan que aplicar tarifas adecuadas en los hogares de aquellas localidades donde se presentan altas temperaturas en verano de cada año.
El legislador Alejandro Enciso Arellano resaltó que la propuesta busca que se cobren precios justos por el servicio de luz eléctrica, y se evite que las personas paguen grandes cantidades de dinero por el uso de aire acondicionado y sistemas de refrigeración en los meses de mucho calor.
Durante el orden del día, fue expuesta en Tribuna por el representante popular Julio Valera Piedras, la iniciativa que adiciona el capítulo VII Bis al título tercero del Código Penal para el Estado de Hidalgo, en materia de delitos cometidos en perjuicio de personas adultas mayores.
Al respecto, resaltó el diputado que el documento legal tiene como objetivo incorporar a las punibilidades previstas en el Código Penal agravantes hasta en una mitad cuando el sujeto pasivo del delito sea un adulto mayor de más de sesenta años de edad.