Además, promocionales del PAN, PRI y PRD no configuran uso indebido de la pauta
La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) resolvió, por unanimidad de votos, cuatro medidas cautelares solicitadas por diversos partidos y un candidato a Senador.
Una por la presunta difusión de contenido calumnioso, dos por el probable uso indebido de la pauta en el marco del Proceso Electoral Federal 2024, así como una medida cautelar relacionada con los principios de imparcialidad e independencia en la integración de los órganos electorales.
Promocional de televisión no cumple con los parámetros establecidos en la ley
El Partido Acción Nacional (PAN) denunció al Partido Verde Ecologista de México (PVEM), por la difusión del promocional para televisión identificado como CLAUDIA SHEINBAUM TRAYECTORIA V2, pues a decir del quejoso se omite mencionar de manera auditiva que Claudia Sheinbaum Pardo es postulada por la coalición “Sigamos Haciendo Historia”.
La Comisión resolvió que la medida cautelar solicitada es procedente, ya que el promocional no identifica de forma auditiva que la candidata a la presidencia de la República es postulada por la coalición conformada por los partidos del Trabajo (PT), PVEM y MORENA, lo cual podría contravenir el artículo 91, numeral 4 de la Ley General de Partidos Políticos y el criterio del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en la materia. Por lo tanto, el denunciado debe sustituir el promocional en un plazo máximo de 3 horas.
Promocionales del PAN, PRI y PRD, preliminarmente, no configuran uso indebido de la pauta
El partido MORENA denunció al PAN, PRI y PRD por la difusión de diversos promocionales de televisión en los que, a decir del quejoso, se realiza una promesa de entrega de dádivas a cambio del voto.
La Comisión resolvió que es improcedente ordenar el retiro del material, ya que de un análisis preliminar y bajo la apariencia del buen derecho, no se advierte que se esté condicionando el acceso a los servicios de salud que ofrecería la tarjeta denominada “Mi Salud”, ni que esté siendo distribuida actualmente entre la ciudadanía; es decir, consiste en una promesa de campaña en la que se ofrece crear un programa para brindar atención médica y acceso a medicinas a la población en general lo que, bajo la apariencia del buen derecho, está permitido puesto que persigue la finalidad que tienen las campañas electorales. También se negó la tutela preventiva porque los hechos denunciados no actualizan una evidente ilegalidad aunado a que se trata de hechos futuros de realización incierta.