Vergonzoso manoseo de las acciones afirmativas
El 25 de noviembre de 2023, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) definió la forma en que implementaría las acciones afirmativas para garantizar el principio de paridad de género e incluir a grupos vulnerables en el registro de candidaturas a diputaciones y senadurías en el Proceso Electoral Federal que ya está en marcha.
Gracias a una sentencia dictada por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), el INE emitió reglas para el registro de candidaturas de personas indígenas, afromexicanas, con discapacidad, de la diversidad sexual y migrantes, que harán partidos políticos y, en su caso, coaliciones, partiendo del modelo normativo implementado en el proceso electoral de 2020-2021.
De acuerdo con esas normas, las candidaturas que sean postuladas como representantes de la población indígena deberán contender en entidades donde este sector sea mayor al 30% de concentración, es decir, Campeche, Chiapas, Guerrero, Hidalgo, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo y Yucatán.
La flexible normatividad permite que ocurran casos como, por ejemplo, el antecedente de 2021, en que magistrados de la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenaron al Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH) revisar el caso de la postulación del exdiputado federal Alejandro González Murillo y de Sharon Montiel Sánchez, como candidatos a diputados locales por representación proporcional del Partido Encuentro Social Hidalgo (PESH) por la acción afirmativa de discapacidad.
Ambos personajes, que en ese entonces apenas rebasaban los 40 años, juraron ser personas con discapacidad.
González Murillo aseguró sufrir lumbalgia, (problemas en los discos de la columna vertebral), y Sharon Montiel riesgo de trombosis y problemas de movilidad.
A la luz de las evidencias, ambos personajes se desplazaban por sí mismos sin mayor necesidad de asistencia.
En el actual proceso electoral, la acción afirmativa que causa polémica es la de la pertenencia a los grupos indígenas.
Asael Hernández Cerón, expresidente del PAN en Hidalgo y su esposa, Margery Rivera se registraron para candidaturas plurinominales al Congreso Federal, en espacios reservados para población vulnerable, de acuerdo con el registro de candidatura indígena en la cuarta circunscripción.
Las candidaturas indígenas son acciones afirmativas compensatorias para revertir escenarios de desigualdad social de grupos vulnerables, dice el INE.
Pero el INE permitió su registro, ambos dicen pertenecer a una comunidad indígena ubicada en el municipio de Nicolás Flores.
Asael Hernández es oriundo de Tezontepec de Aldama, municipio ubicado a casi 100 kilómetros, o tres horas de la comunidad indígena a la que dice pertenecer.
Margery Rivera es originaria de la ciudad de Huejutla, ubicada a más de seis horas o 212 kilómetros de la misma comunidad.
Demostraron su pertenencia asistiendo a las fiestas patronales, a la feria de la comunidad, a la festividad de la Virgen de Ferrería y, además, a torneos de basquetbol durante los años 2016 al 2023 “ininterrumpidamente”.
La buena fe que demuestra el INE en casos como este trastoca el espíritu de la normativa, de la acción afirmativa.
Así, nunca habrá verdaderos indígenas en los poderes de la unión.
Así, seguirá habiendo hombres que quiten espacio a las mujeres, solo por “autoadscribirse” como mujer.
Y así…