Los fideicomisos no son “guardaditos” de Ministros: SCJN

Los fideicomisos no son “guardaditos” de Ministros: SCJN

Responde la Suprema Corte a la cancelación de los fideicomisos judiciales

La Suprema Corte de Justicia de la Nación informó que los fidecomisos cancelados ayer por la Cámara de Diputados no son “guardaditos” ni son para beneficio exclusivo de los ministros en activo y en retiro.

En la Cámara de Diputados se aprobó ayer 17 de octubre el decreto por el que se reforman artículos de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y se extinguen 13 de los 14 fideicomisos del PJF.

El dictamen pasará al Senado de la República para su aprobación, por lo que el procedimiento legislativo aún no está concluido.

La extinción de los fideicomisos repercute en las finanzas del Poder Judicial de la Federación y en el cumplimiento de diversas obligaciones patronales respecto a derechos laborales adquiridos por parte de todas las personas trabajadoras, pero no se trata de un recorte al presupuesto que año con año se solicita a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y que aprueba igualmente la Cámara de Diputados.

Cabe aclarar que este Proyecto de Presupuesto, que para 2024 implica la solicitud de 84,792.4 millones de pesos (4% superior a lo solicitado en 2023 de acuerdo a la inflación), está pendiente de discusión en el poder legislativo junto con todo el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación y, de acuerdo con las expresiones de diversas personas legisladoras, podría tener reducciones que afectarían también a las finanzas del PJF.

La SCJN explicó la utilización de los recursos registrados en los fideicomisos:

  1. Los fideicomisos no están destinados para beneficio de 11 ministros en funciones y 22 en retiro

Ni uno solo de los 14 fideicomisos con los que cuenta el Poder Judicial de la Federación (PJF) está relacionado con gastos de ministras y ministros. Mucho menos se destinan para aspectos que tengan que ver con cuestiones personales.

  1. Cada fondo y fideicomiso tiene objetivos específicos que no permiten su uso para fines distintos a los establecidos para su creación

Los objetos de cada uno de los fideicomisos, tanto los de La Corte como los del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), son los que se describen a continuación:

SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN:

FIDEICOMISO: Pensiones Complementarias Mandos Superiores.

OBJETO: Pago de pensiones complementarias para mandos superiores.

FIDEICOMISO:Pensiones Complementarias Mandos Medios y Personal Operativo.

OBJETO:Pago de pensiones complementarias para mandos medios y personal operativo. Plan de Prestaciones Médicas Complementarias y de Apoyo Médico Extraordinario. Auxiliar a servidores públicos operativos -que son los de menores ingresos- en caso de extrema urgencia médica cuando las condiciones no les permiten atender el padecimiento de forma adecuada. El apoyo puede ser con carácter devolutivo según las circunstancias.

FIDEICOMISO: Manejo del Producto de la Venta de Publicaciones CDs y Otros Proyectos.

OBJETO: Venta de discos compactos, Jurisprudencia, Tesis Aislada, Semanario Judicial de la Federación, su gaceta y otras publicaciones. Para la divulgación a nivel nacional de las resoluciones que emitan los Tribunales de la Federación, para el financiamiento de nuevas publicaciones, así como financiar cualquier otro proyecto de interés para la SCJN.

FIDEICOMISO: Remanentes Presupuestales.

OBJETO: Administrar los remanentes presupuestarios de 1998 y anteriores para:

. La instalación y mantenimiento: la adquisición o arrendamiento de inmuebles;

. Construcción, reconstrucción, conservación, reparación, remodelación por causas de funcionalidad y demolición de inmuebles;

. Realización de proyectos integrales que comprendan desde el diseño de la obra hasta su terminación total y, por último, los servicios relacionados con las mismas.

El Fideicomiso se constituyó cuando la legislación no establecía obligación para reintegrar los recursos a la Tesorería de la Federación al término de cada ejercicio. Estos remanentes correspondían tanto a la SCJN como al CJF, por ello se emitió el Acuerdo General Conjunto 2/1999 mediante el cual se establecen los conceptos susceptibles de utilización del patrimonio.

FIDEICOMISO: Fondo Nacional para el Fortalecimiento y Modernización de la Impartición de Justicia (Fondo Jurica).

OBJETO:Canalizar y otorgar recursos, a las personas, instituciones e instancias para diseñar, elaborar y realizar los proyectos, estudios o programas de alcance nacional o regional que prevean actividades estratégicas para el fortalecimiento y modernización de los órganos de impartición de justicia en el país en los tres niveles de gobierno.

CONSEJO DE LA JUDICATURA DE LA FEDERACIÓN:

FIDEICOMISO: Pensiones complementarias de Magistrados y Jueces Jubilados.

OBJETO: Pago de pensiones complementarias de magistrados de Circuito y jueces de Distrito del PJF.

FIDEICOMISO: Mantenimiento de casas habitación de Magistrados y Jueces.

OBJETO: Consiste en la asignación de una vivienda propiedad del PJF (transferidas por Banobras), cuando los Magistrados y Jueces son adscritos a un órgano jurisdiccional que implique su cambio de residencia.

Se financia con fondos de carácter privado, producto de las aportaciones a través de descuentos por vía nómina que se efectúan a los Magistrados y Jueces que tienen asignada una casa.

FIDEICOMISO: Apoyos médicos complementarios y de apoyo económico extraordinario para los servidores públicos del PJF, con excepción de los de la SCJN.

OBJETO:Auxiliar a servidores públicos operativos -que son los de menores ingresos- en caso de extrema urgencia médica cuando las condiciones no les permiten atender el padecimiento de forma adecuada.

FIDEICOMISO: Desarrollo de infraestructura que implementa las Reformas Constitucionales en Materia de Justicia Federal.

OBJETO: Desarrollar Centros de Justicia Penal Federal (Juzgados de Control, de Juicio Oral, de Ejecución de Penas, y tribunales de segunda instancia, e incluso, la justicia penal para adolescentes).

FIDEICOMISO: Fondo de apoyo a la administración de justicia.

OBJETO: Adquisición, construcción y remodelación de órganos jurisdiccionales y su equipamiento; así como capacitación, mejoramiento y especialización de las personas públicas del PJF.

FIDEICOMISO: Fondo para la administración de los recursos provenientes de sentencias que deriven de las acciones colectivas difusas.

OBJETO: Apoyo en la defensa y protección en los intereses colectivos.

TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN:

FIDEICOMISO: Fideicomiso de apoyos médicos complementarios y de apoyo económico extraordinario para los servidores públicos del PJF, con excepción de los de la SCJN.

OBJETO: Auxiliar a servidores públicos operativos -que son los de menores ingresos- en caso de extrema urgencia médica cuando las condiciones no les permiten atender el padecimiento de forma adecuada.

FIDEICOMISO: Fondo Mixto de Cooperación Técnica y Científica México-España.

OBJETO:

Corresponde al Programa sobre Cooperación Electoral entre el TEPJF y la Agencia Española de Cooperación Internacional; el TEPJF es Beneficiario en los proyectos autorizados, siendo la Secretaría de Hacienda y Crédito Público la fideicomitente única.

El Fondo es un mecanismo de cooperación destinado a financiar, bajo la modalidad de co-financiamiento, programas y proyectos bilaterales de cooperación acordados en la Subcomisión Mixta de Cooperación Técnica y Científica México-España, en las áreas mutuamente definidas como prioritarias, que sean propuestos por las instituciones que conforman dicho Fondo.

  1. Los fideicomisos se utilizan de manera complementaria para el pago de derechos laborales y sociales adquiridos por las y los trabajadores del Poder Judicial.

Al menos 6 fideicomisos tienen por objeto cumplir de manera complementaria obligaciones patronales que constituyen derechos de las y los trabajadores, tanto laborales como de seguridad social: pensión, vivienda, cobertura de salud y retiro.

Estos derechos adquiridos están reconocidos, además de en la Constitución y en la Ley Federal de Trabajadores al Servicio del Estado, en otros instrumentos legales como son las Condiciones Generales de Trabajo.

Las reglas de operación de los fideicomisos exigen a las y los trabajadores cumplir ciertos requisitos para acceder a los recursos para el pago de los derechos laborales tutelados, como, por ejemplo, la antigüedad.

El personal operativo del PJF, que representa más del 60% de la plantilla, es el principal beneficiario de las prestaciones laborales vinculadas a los fideicomisos.

  1. La Auditoría Superior de la Federación NO ha hecho observaciones sobre la legalidad de los fideicomisos

En 2019 la ASF realizó dos auditorías específicas a los fideicomisos del PJF, pero en ninguna de ellas observó irregularidades en la constitución o administración de los fondos.

El órgano fiscalizador verificó que los ingresos y rendimientos obtenidos se hubieran incorporado al patrimonio de las instituciones y que las erogaciones realizadas se encontraran debidamente justificadas y soportadas, derivado de lo cual únicamente emitió dos recomendaciones (no observaciones) que fueron solventadas en su totalidad, como lo acreditan los reportes enviados a la ASF.

Es importante señalar que, conforme a la propia Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación y las definiciones de la ASF, una recomendación tiene carácter preventivo y se refiere a una sugerencia para fortalecer los procesos administrativos y los sistemas de control del ente fiscalizador. A diferencia de las observaciones cuyo cumplimiento es obligatorio y responde a situaciones que pudieran ser contrarias a la ley, situación que en este caso no ocurrió.

  1. Los fideicomisos NO son “guardaditos”

Los 14 fideicomisos del PJF fueron constituidos inicialmente con recursos públicos; sin embargo, esto no significa que el presupuesto no ejercido año con año se destine a estos instrumentos.

Asimismo, el hecho de que dichos recursos públicos se encuentren en fideicomisos no los convierte en recursos privados, por el contrario, continúan siendo recursos del Estado mexicano, bajo la administración del PJF, que es uno de los tres poderes de la Unión que lo conforman.

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