Increíble abuso de autoridad
Por: Fernando Hidalgo Vergara @FHidalgoVergara
Por increíble que parezca, Xóchitl Gálvez Ruiz, senadora hidalguense y virtual candidata presidencial opositora, acudió a la Fiscalía General de la República para solicitar el acceso a las carpetas de investigación que existen en su contra.
La aspirante del Frente Amplio por México busca garantizar su derecho a la defensa, a la presunción de inocencia y al debido proceso.
Increíble, porque el gobierno de México y el mismísimo presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, ha violado la ley constante, abierta y descaradamente.
Y nadie dice ni hace nada.
Figuras de la talla de Enrique Álvarez del Castillo, Ignacio Morales Lechuga, Jorge Carpizo MacGregor, Diego Valadés Ríos, Humberto Benítez Treviño y algunos más, palidecen de vergüenza ante las hechuras de Alejandro Gertz Manero.
Aquel que fuera secretario de seguridad pública federal nada menos que en el Gobierno del inefable Vicente Fox y hoy fiscal general de la República, conculca, tristemente a la par del mandatario mexicano, el artículo 113 del Código Nacional de Procedimientos Penales, prácticamente en su totalidad.
El precepto establece claramente que la o el imputado tendrá los siguientes derechos:
I.A ser considerado y tratado como inocente hasta que se demuestre su responsabilidad.
A Gálvez Ruiz la acusan y la señalan ya como culpable en todas y cada una de las actuaciones y declaraciones emitidas por las autoridades.
También, a que se le informe, tanto en el momento de su detención como en su comparecencia ante el Ministerio Público o el Juez de control, los hechos que se le imputan y los derechos que le asisten, así como, en su caso, el motivo de la privación de su libertad y el servidor público que la ordenó, exhibiéndosele, según corresponda, la orden emitida en su contra.
Gálvez Ruiz debió acudir, con el riesgo que ello implica, a la sede de la FGR para solicitar información de las denuncias que se integran en su contra.
El mismo artículo establece que también tiene derecho a tener acceso, junto con su defensa, salvo las excepciones previstas en la ley, a los registros de la investigación, así como a obtener copia gratuita, registro fotográfico o electrónico de los mismos, en términos de los artículos 218 y 219 de este mismo Código.
Es evidente que las mismas actuaciones se han mantenido en secrecía absoluta para la denunciada.
Y los apartados XIV y XV, los cuales han sido los más violentados por la fiscalía y por el presidente de la República, que establecen la obligación de no ser expuesto a los medios de comunicación y a no ser presentado ante la comunidad como culpable.
Lo que menos importa en este proceso penal que se inició en contra de la puntera en las encuestas por parte de la alianza opositora es respetar lo establecido en el ordenamiento que encauza y dirige el marco legal penal en nuestro país.
Lo que importa es bajarla, eliminarla y hacer que la opinión pública la tenga por una delincuente, corrupta y, además, el peor de los delitos y pecados en los tiempos estelares de la cuatroté: ser rica.
Eso sí que no se le debe perdonar.