Creará Congreso figura de “diputado independiente”.

Creará Congreso figura de “diputado independiente”.

Dentro de las reformas a la ley orgánica del Poder Legislativo presentadas por la Junta de Gobierno, destacan la imposibilidad de veto, referéndum u observaciones del Ejecutivo

Con la intención de establecer reformas a la Ley Orgánica del Poder Legislativo “que sean acordes” a las “necesidades de la vida interna del Congreso”, integrantes de la Junta de Gobierno presentaron una iniciativa para, entre otros cambios, establecer la figura de “diputaciones independientes” y “sin partido”.

De acuerdo con el diputado expriista, ahora declarado independiente, Julio Valera Piedras, la iniciativa advierte “la dinámica que se ha impuesto a la vida moderna con los avances de la tecnología, la apertura ideológica y la mayor participación de la ciudadanía”.

Esto, señaló, “se traduce en cambios radicales que se generan de un momento a otro, e incide en la evolución y dinamismo con que deben actuar y reconstruirse”.

Ante ello, detalló Valera Piedras, “se realizó un análisis de aquellas figuras de la Ley vigente que requerían de un cambio radical que permitiera al Congreso, ejercer sus actividades en plena garantía de la independencia y ejercicio de su soberanía”.

El diputado gepista explicó en tribuna que “derivado de análisis se establecieron dos líneas para hacer los cambios que se plantean en la presente iniciativa, la primera a través de la experiencia adquirida durante las últimas tres legislaturas, incluyendo la actual, con base en la apertura ideológica que se ha presentado en el estado y la distribución de fuerzas políticas”

De acuerdo con la iniciativa, en el amplio paquete de  modificaciones planteadas se establece que las disposiciones contenidas en la Ley y su Reglamento, así como sus reformas, no podrán ser sometidas a referéndum ni podrán ser objeto de veto u observaciones por parte del titular del Ejecutivo estatal.

En el artículo tres, relativo al ejercicio de las funciones de los Diputados durante el período constitucional, la reforma propuesta contempla la “Diputación Independiente”, que consiste en la Diputada o Diputado que emana de una contienda electoral y haya solicitado su registro ante la autoridad competente con el carácter de independiente.

Se conformará la Junta de Coordinación Política, como el órgano rector integrado por las y los diputados titulares de la coordinación de cada uno de los grupos legislativos representados en el Congreso; del Presidente de la Directiva en turno; las diputadas y diputados de las Representaciones Partidistas y diputados Independientes.

Así mismo, el artículo 24, que establece: “Todos los Diputados, tienen la misma categoría e iguales atribuciones”, será derogado de acuerdo con la reforma propuesta.

Dentro de las reformas propuestas, se encuentra la fracción V del artículo 25, el cual ahora permitirá a los legisladores, además de formar parte de un Grupo Legislativo o una representación partidista, establecerse como Diputado independiente o como “Diputado sin Partido”.

Igualmente, se reformaría el capítulo IV, relativo a la disciplina y ética de los diputados, se añade como medida de apremio la remoción de las Comisiones Legislativas de las que formen parte y “de los órganos en los que ostente la representación del Congreso del estado”.

Finalmente, entre los artículos transitorios se estipula que la Junta de Coordinación Política propondrá al Pleno el Estatuto del Servicio Civil de Carrera para funcionarios de confianza del Legislativo, dentro del año siguiente a la entrada en vigor de las reformas, una vez aprobadas en el Pleno.

La iniciativa fue turnada a la Comisión de legislación y puntos constitucionales para su análisis y dictaminación posterior.

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